|
Hernán Rossi – Proyecto: Informes referidos a la Ley N° 661, acerca de los establecimientos geriátricos
11.07.2014 11:14 |
Noticias DiaxDia |
Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo de la Ciudad que, a través de las dependencias correspondientes, en un plazo de 30 (treinta) días de recibida la presente, y en cumplimiento con lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 83 y el inciso 4 del artículo 105 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informe sobre los siguientes puntos referidos a la Ley CABA Nº: 661 / 2001, acerca de los establecimientos Geriátricos.
a) Indicar la cantidad de establecimientos geriátricos que funcionan en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con:
◾Su respectiva clasificación.
◾Su respectiva ubicación.
◾Cantidad de camas existentes y cantidad de camas ocupadas.
b) Indicar la relación personal de enfermería/cantidad de pacientes en cada uno de los establecimientos habilitados y especifique el tipo de facultad que posee cada uno.
c) Informar si los establecimientos cuentan con plan de emergencias, y si se realizan simulacros de evacuación periódicamente.
d) Informar si se creó y si se encuentra en funcionamiento el “Registro Único y Obligatorio de Establecimientos Residenciales para Personas Mayores”. En caso afirmativo, indicar si el mismo lleva a cabo las funciones y atribuciones que le corresponden.
e) Indicar cantidad de geriátricos supervisados por la Dirección de Fiscalización y control, en los últimos dos años.
f) Informar si la autoridad de aplicación ha elaborado alguna estrategia para la detección de geriátricos que funcionen fuera del marco de la ley.
g) Indicar si existe otra instancia de organismo que controle la planta física.
Señora Presidenta:
Lamentablemente muchas familias de la Ciudad de Buenos Aires se ven en la necesidad de internar a sus familiares de la tercera edad ante la imposibilidad de poder dedicarles la atención y el cuidado que estos seres queridos merecen y necesitan.
En la última década, han sucedido varios siniestros de diferente índole en las Residencias para Personas Mayores ubicadas en la Ciudad de Buenos Aires. La fiscalización y las auditorias de estos establecimientos, por parte de las autoridades competentes del Gobierno de la Ciudad, son la única garantía para que los ancianos de nuestra Ciudad no se encuentren alojados y residiendo en condiciones de vida inadecuada.
Hace un año y cuatro meses la Ciudad de Buenos Aires sufrió un tristísimo hecho en un hogar de ancianos del barrio de Floresta. Éste tuvo como consecuencia lamentable varios heridos de gravedad y la pérdida de dos vidas humanas. Según algunos transcendidos, se cree que las llamas se produjeron como consecuencia de un desperfecto en una de las estufas que se encontraba en las habitaciones donde estos ancianos duermen todas las noches.
Por todo lo expuesto, las autoridades competentes en la materia deben realizar sus máximos esfuerzos para hacer cumplimentar las leyes existentes y establecer las condiciones necesarias para que el grupo social perteneciente a la tercera edad, pueda transcurrir sus últimos años de vida, bajo condiciones adecuadas sin tener la preocupación constante de que se pueda producir algún siniestro en el lugar donde residen.
Basados en todo lo antedicho es que consideramos de carácter fundamental conocer la realidad de los Establecimientos Residenciales para personas mayores.